Sobre la génesis del Derecho Bancario en la obra de Paolo Greco

No hay viento tan revelador y frío como la historia. A donde quiera que dirija su vendaval, la neblina es disuelta para que los agudos observadores posen la atención sobre la materia que con extraña mesura se desnuda. Como la tortuga que indefensa deambularía por la existencia sin la coraza a sus espaldas, así hallaríamos al conocimiento humano sin una suma, sin un pasado, sin una historia detrás suyo. Es, pues, imprescindible. Sin embargo, es preciso que todo caminante que emprenda el viaje por las sendas de la historia conozca la siguiente regla: ningún pie será despegado del suelo sin que previamente se hubiese consultado el mapa de la cordura, pues de no ser así nos hundiremos, sin siquiera percibirlo, en el profundo socavón del “exceso de historia” que nadie advierte y que tanto mal riega en el presente. Pero, ante la duda implícita hasta ahora generada, ¿qué debe entenderse por exceso de historia? El exceso de historia, denunció Nietzsche, consiste en el paralogismo que habita la mente de la mayoría cuya consecuencia no es otra sino la de ocasionar que todo valor, toda virtud y toda bondad, se proyecten hacia el pasado, apartando las miradas del presente para fijarlas en lo ya sucedido, en lo lejano, en lo ya muerto y no en lo que sucede, en lo cercano, en lo aún vivo.

Otra dicha despedida con gran agudeza de las manifestaciones históricas está representada por la estructura simbólica que en torno, en este caso, a las fuentes del Derecho se va generando –cuando no abrigando a la sugestiva paradoja– en la medida en que el conocimiento se amplía, pues conforme avanzamos por estos terrenos la metafórica idea de las fuentes del Derecho cobra vida. El remontarse a las fuentes de un río es llegar al lugar en que sus aguas brotan a la tierra; de manera semejante, inquirir la fuente de una disciplina jurídica a través de la historia es buscar el sitio de donde ha surgido de las profundidades de la vida social a la superficie del Derecho.

La historia simboliza el telón que descubre lo que se oculta detrás del escenario y que no es observado en primera instancia. Este es el deseo, según percibo, que mantuvo latente el bolígrafo del autor al redactar la genealogía del Derecho Bancario. Con el objeto de desgarrar las pieles de esta disciplina y exhibir al lector sus valiosas y mal comprendidas entrañas, el progenitor del texto en comento nos induce a un paseo que comienza en el siglo VI a.C. en Babilonia, haciendo diversas escalas en Grecia (donde en los templos se efectuaban préstamos, principalmente en el de Delfos y donde además comenzó a emplearse la moneda desde el siglo VII a.C.), Egipto (lugar del trapeze público) y Roma (cuna de importantes avances en materia bancaria), para llegar a la estación del oscurantismo medieval (época en la que surge la actividad de los bancherii y aparecen, con ello, las primeras organizaciones bancarias) y de ahí partir a distintos países europeos (Italia, España, Países Bajos, Alemania, Inglaterra y Francia) en los que, durante un periodo que abarca de los siglos XII al XIX, el Derecho Bancario, y las distintas instituciones jurídicas en torno al mismo, tuvieron (como hoy día siguen teniendo) un papel preponderante para el funcionamiento y desarrollo de la economía.

A partir de este breve, pero no por ello menos atinado vistazo, Paolo Greco nos permite escuchar la resonancia que emana de la actividad bancaria y, con ello, aguijonea al desprestigio y al desdén con los que muchos, incluso quienes forman parte de la comunidad jurídica, envuelven y preconciben de manera errada a la banca y, consecuentemente, al Derecho Bancario. En efecto, en el imaginario social aún hoy persiste la falaz y peyorativa concepción según la cual la banca y el andamiaje jurídico que la soporta resultan ser un suelo estéril, infecundo y árido, que no merece mayor esmero, y no hay mayor equívoco que ese.

La obra de Greco ofrece distintos elementos históricos en virtud de los cuales el sentido de esta rama del saber jurídico se nos presenta de tal forma que sólo los estúpidos serían incapaces de reparar en su importancia. La banca y, junto con ella, el Derecho Bancario son fundamentales: con el carcomer del tiempo han experimentado una serie de variaciones tendientes, salvo ciertas excepciones (como es el caso de lo acontecido en Francia a causa de las decisiones del escocés Juan Law, quien tuvo el error de creer que la riqueza de un país podía crearse mediante la emisión ilimitada de billetes de banco), al progreso y no así al retroceso, circunstancia que deja en claro el hecho de que, incluso por un número reducido de personas, nunca se ha dudado de la importancia de dicha materia sino que, por el contrario, el Derecho ha mostrado interés para dar lugar a una mejor normativa jurídica bancaria. Si los pueblos más antiguos de que tenemos noticia entendieron la importancia de este campo del Derecho, ¿por qué nosotros no habríamos de hacerlo?

La correspondencia existente entre los instrumentos financieros, mercado, instituciones y autoridades que se desempeñan en una economía se denomina, en términos genéricos, sistema financiero. El propósito de éste descansa sobre la base de la intermediación que se presenta entre las personas que necesitan dinero (demandantes, que puede ser toda persona sin importar su condición, tal como lo concibió la banca escocesa) y las personas que lo tienen (oferentes), a lo que se denomina financiamiento. Asimismo, cumple con la función de socorrer a la eficiente circulación monetaria, esto es el sistema de pagos. La meta principal que se ha trazado el sistema financiero consiste en reunir a los ahorradores con los prestatarios para dirigir el capital a los sectores más productivos de una economía, impidiendo así que ésta se mantenga en un pernicioso quietismo.

Un aspecto insoslayable en la relación que existe entre finanzas y crecimiento económico es el modo en que las estructuras financieras, entre ellas la banca, afectan la distribución de los recursos. La banca, sin rebasar las líneas que deslindan el presente escrito, es la actividad que realizan los bancos comerciales y de desarrollo en sus diversas modalidades que conforman el sistema bancario y constituyen instituciones de intermediación financiera; esto es, que admiten dinero en forma de depósito (reconocido ya desde las leyes de Hammurabi y practicado por los griegos, egipcios y romanos alcanzando, con estos últimos, un importante desarrollo), otorgando por ello un interés (tasa pasiva), para posteriormente, en unión de recursos propios, conceder créditos, descuentos y otras operaciones financieras con motivo de las cuales cobran un interés (tasa activa), comisiones, gastos, etc. (figuras desarrolladas con gran atino en el Banco de San Jorge después del año 1600).

La banca se caracteriza y diferencia de la generalidad de las empresas que operan en el sector económico por la naturaleza de sus operaciones (perceptible desde la aparición de los NummulariiMensularii y Argentarii romanos), así como por su estructura financiera y operativa. De igual manera se le considera –como se ha insistido– uno de los sectores claves en la economía, pues gran parte del ahorro, la inversión y el financiamiento, en términos amplios, es canalizada a través de ella, por lo que su regulación es objeto de una mayor atención para que su correcto funcionamiento se materialice en beneficio de la actividad económica general (según se comprendió en el año 1270 al surgir la primera regulación jurídica de la banca). Es decir, toda actividad industrial, comercial y personal se encuentra sujeta y determinada por la banca. Desde el momento en que un negocio se proyecta y, en una fase ulterior, se desarrolla, se ve en la necesidad de servirse de la banca. Con mayor razón si ese negocio produjese ciertos beneficios económicos, pues gran parte de ellos tendrían como destino la inversión que, en un elevadísimo porcentaje, también lo controlaría la banca. Y aún cuando nos limitemos a estudiar la esfera individual y domestica, todo tipo de prestamos personales e hipotecarios otorgados por una institución financiera están bajo la férula de la banca. Lego entonces: la banca, en gran parte, determina y controla la vida económica de un Estado, es decir, constituye el sistema respiratorio que oxigena hasta el último paraje del Leviatán.

En síntesis, las instituciones bancarias (que para el año de 1171 vieron la luz por primera vez en Venecia y Florencia), ya sean privadas o públicas, ejecutan diferentes metas de política económica de cada país, las cuales se desarrollan y cambian a través de la historia, reflejando las necesidades financieras de las diversas etapas de desarrollo de cada economía (concepción imperante desde el Derecho Romano, el cual fue un notable ensayismo en esta materia). Es así como podemos apreciar nítidamente la importancia de la banca en la economía, ya que del éxito de su funcionamiento depende en gran medida el crecimiento económico y, por añadidura, el bienestar social y político de cada país.

Por último, deseo dejar registro del siguiente par de reflexiones: primero, si existe algo que se le puede reprochar a la información presentada por Paolo Greco es precisamente la infortunada omisión que nos priva –cuando menos de manera inmediata– de saber cual fue el desarrollo que la actividad bancaria experimento en otros países de América diversos a los Estados Unidos, pues resulta interesante conocer cómo, por citar un ejemplo, la circulación de la moneda o su equivalente y, en general, todo el ideal bancario reinante en la Europa antigua, fueron instaurados en una atmosfera completamente distinta dentro de la cual la riqueza representaba, para las diversas culturas originarias de nuestro continente, una cuestión social de segundo orden. ¿Qué implicó para el Derecho Bancario el choque entre el mundo Europeo y el mundo Americano?

Segundo, más allá de lo anteriormente referido, la lectura nos da parte de cómo una vez más la evolución de la humanidad y el desarrollo de la misma en distintos ámbitos, ha sido producto, principalmente, de las exigencias derivadas de la sombría aspiración y de la perversa necesidad de afianzar a un costado de nosotros al único, verdadero y perceptible “dios” cuya influencia es vista por los ciegos, escuchada por los sordos y deseada por estoicos de una manera tan desbordante que se ha hecho de esta deidad la más poderosa fuerza metafísica de todos los tiempos, la cual yace en un pequeño e insignificante metal, papel o sintético. En efecto, me refiero al dinero. ¿A caso no es el dinero el dios de nuestro tiempo? Basta observar de qué manera, en la consecución de esta abstracción, las personas dan lugar a las mejores y más brillantes creaciones, pero cómo también en virtud de esto se retiran las ropas y dejan apreciar su más profunda suciedad, vileza y maldad.

Una disculpa por este último desliz, Paolo.

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